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Día: agosto 6, 2026

Nuevo Reglamento Europeo de Productos de Construcción: más sostenibilidad, digitalización y trazabilidad

Diversas organizaciones integradas en la Alianza para la Seguridad y Sostenibilidad en la Edificación (S2E) han destacado la importancia del nuevo Reglamento Europeo de Productos de Construcción (Reglamento UE 2024/3110), una norma que sustituye al anterior Reglamento 305/2011 y que introduce nuevos requisitos relacionados con la sostenibilidad, la digitalización y la información técnica de los productos comercializados en el mercado comunitario. El nuevo marco regulatorio pretende modernizar las condiciones de comercialización de los productos de construcción en la Unión Europea y reforzar la transparencia de la información disponible para fabricantes, prescriptores, constructores y usuarios finales. Entre las principales novedades figura la incorporación de criterios ambientales más exigentes, incluyendo aspectos relativos a la circularidad, la reutilización, la reciclabilidad y el impacto ambiental de los productos a lo largo de su ciclo de vida. La norma también impulsa la digitalización de la documentación asociada a los productos mediante la implantación del denominado

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Los arquitectos técnicos mantienen su capacidad para redactar proyectos de cambio de uso de local a vivienda en edificios residenciales

El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) ha aclarado el alcance de la Sentencia 700/2026 del Tribunal Supremo, señalando que esta resolución no supone una limitación general de las competencias de los arquitectos técnicos para redactar y firmar proyectos de cambio de uso de local a vivienda. La aclaración llega después de que diversas informaciones hayan presentado la resolución judicial como una restricción de carácter general para estos profesionales. Sin embargo, tanto la nota difundida por el CGATE como el informe elaborado por sus servicios jurídicos subrayan que la sentencia se refiere a un supuesto concreto: la transformación de un local en vivienda dentro de un edificio concebido para usos comerciales e industriales. Un fallo limitado a edificios de uso comercial e industrial Según explica el CGATE, el propio Tribunal Supremo considera determinante que el edificio objeto del litigio tuviera principalmente un uso comercial e industrial, de

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