
Arquitectos y aparejadores renuevan su convenio para agilizar la tramitación de visados de los Certificados de Fin de Obra
El Visado Colegial Obligatorio del Certificado de Fin de Obra (CFO) se podrá solicitar en los Colegios Profesionales de Arquitectos o Aparejadores y Arquitectos Técnicos indistintamente, como establece el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto. El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) renuevan y completan su acuerdo previo de 2010 para simplificar los trámites burocráticos, facilitar aún más el trabajo de sus profesionales y aumentar las garantías de los/as usuarios/as de sus servicios. Según marca la Ley, el Certificado final de Obra (CFO) debe incluir la identidad del director de Obra y del director de Ejecución de Obra que lo suscriben. Se debe comprobar la firma de los dos profesionales y su colegiación y verificar que no haya causas de inhabilitación profesional. Además, se debe incluir la verificación de la corrección e integridad formal









