Dlubal

Día: mayo 13, 2011

¿ES OBLIGATORIO EL MARCADO CE DE MADERA TRATADA? La respuesta es NO

De cara al futuro no será obligatorio el marcado CE de madera tratada, ya que como explicamos más adelante no dispone de norma armonizada y es muy difícil que se redacte una norma armonizada general que abarque toda la posible casuística. En primer lugar hay que aclarar que: – el marcado CE se refiere a productos finales que se instalan en los edificios u las obras afectados por la Directiva Europea de Productos de la Construcción; en este sentido se han elaborado o se están elaborando las correspondientes normas armonizadas de producto, por ejemplo madera aserrada estructural o ventana de madera, que en función de la clase de uso en que se utilizan pueden requerir su tratamiento. – el marcado CE es un requisito legal (asimilable a un pasaporte) que permite la libre circulación de productos dentro de la Unión Europea. Solamente deben llevar el marcado CE aquellos productos para los que exista un norma armonizada y para

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