Dlubal

Día: diciembre 29, 2010

Modificaciones sobre pinturas intumescentes en el reglamento de protecciones contra incendios

Según informa ASEFAPI se quiere derogar el RD 1942/1993. El cambio que más afectará al sector de barnices y pinturas es dentro de los sistemas de protección de estructuras con proyectables de pinturas y recubrimientos, sean intumescentes o no.Las pinturas reactivas deberán llevar el marcado CE vía DITE 018 (hasta ahora lo eran a través del RD 1630/1992 que traspone la directiva de productos de la construcción, y no era obligatorio que llevasen ese marcado). Este DITE para los retardantes se está discutiendo ahora mismo dentro de EOTA y ASEFAPI.   www.asefapi.es 

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